Atender obesidad costaría a México más de 10 mmdd en 2050
México.- Los costos del sobrepeso y la obesidad para el sistema de salud mexicano superarían los 10 mil millones de dólares en 2050, pues la atención de la malnutrición por exceso cuesta diez veces más que la por déficit, según la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal).
Cinthya González Téllez Girón, coordinadora del Programa sobre Asuntos de la Niñez y la Familia de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), comentó que de acuerdo con el organismo internacional los recursos para atender esos problemas de salud sumaron seis mil 134 millones de dólares en 2014, equivalente a 17.5 por ciento del gasto público en salud de ese año.
Durante la presentación de la recomendación general sobre los derechos de niñas, niños y adolescentes ante el incremento de sobrepeso y obesidad infantil, indicó que estimaciones de la Cepal señalan que el número de muertes asociadas a la obesidad se habrá incrementado 28 por ciento en 2030.
Refirió que de acuerdo con el Consejo Nacional para la Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval), la inadecuada alimentación, bajo nivel de actividad física y aspectos socioculturales son factores sociales determinantes para el sobrepeso y la obesidad.
González Téllez Girón subrayó que en materia de publicidad las organizaciones Mundial y Panamericana de la Salud han recomendado que los Estados deben regular y adoptar políticas públicas sobre publicidad dirigidas a la niñez y adolescentes de alimentos y bebidas que propician la obesidad infantil.
Igualmente, deben asegurarse que no existan conflictos de intereses entre quienes regulan y más obligados a cumplir las normas.
Comentó que en la recomendación general se constató que la regulación vigente en materia de publicidad de alimentos y bebidas no prohibe su transmisión en horarios y programas a los que están más expuestos los niños en la televisión y es omisa respecto a la que se difunde a través de internet.
Recordó que la reglamentación vigente restringe la publicidad de productos que no cumplan con los criterios nutrimentales fijados por la Secretaría de Salud como confiterías, chocolates y productos similares, de lunes a viernes de las 00:00 a las 14:30 horas y de las 19:30 a las 23:59, así como los sábados y domingos de las 0:00 a las 7:00 y de las 19:30 a las 23:59 horas.