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Aclaran reglas sobre publicidad para campañas electorales

  • CARLOS  LUNA
  • 27 mar 2024
  • 2 Min. de lectura

Tuxtla.-  Existen dos reglas muy claras para el actual proceso electoral: no se puede fijar propaganda electoral en espectaculares, ni en pinta de bardas, manifestó María Magdalena Vila Domínguez, consejera presidenta provisional del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC) en Chiapas.

Comentó que, si alguien se atreve a hacerlo, se le debe sancionar, además de someterlo a todos los procedimientos especiales sancionadores, para ver todos los asuntos de violaciones a la normatividad electoral, y por los temas de violencia política contra las mujeres en razón de género.


En cuanto a esto último, auguró que no se presenten casos, “y si los hay, que sean los menos, y que la civilidad sea cada vez más recurrente en una contienda limpia, transparente, y libres de violencia, y que sea la ciudadanía la que decida la mejor opción”.

En cuanto a las “publicidades” y pese a que la percepción social es que las campañas empezaron “para todos”, comentó que el Tribunal fue claro: si no hay petición expresa del voto por parte de algún actor político, no puede considerarse como un acto anticipado de campaña o precampaña, ni siquiera como promoción personalizada.


Si algún servidor público aparece en una entrevista, espectacular, o si elaboró y presentó un libro, o algo similar, “y esté como promocionando las actividades gubernamentales de su cargo público”, dejó en claro que tampoco puede considerarse como un acto proselitista anticipado de precampaña o campaña.


“Ya quedó ahí el precedente correspondiente, tenemos que acatarlo, porque no tenemos facultades para impugnar esas decisiones, y pues nuestra obligación es acatar todos los precedentes que ya determinó el Tribunal, entonces nos revocó todas las sanciones que habíamos presentado, quedaron sin efectos”.

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