Contingencias y herramientas para aprender sobre tu situación fiscal
- ALEJANDRA OROZCO
- 21 abr 2024
- 9 Min. de lectura
Tuxtla.- Tal como lo prometió, nos visitó de nueva cuenta Armando González Arroyo, titular en Chiapas de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, que ofrece servicios gratuitos, sobre todo en materia fiscal para identificar nuestras obligaciones, resolver dudas al presentar la declaración, saber cómo presentar la devolución automática o manual, cualquier acto u omisión de las autoridades fiscales, multas, créditos fiscales, servicios gratuitos de asesoría, quejas y reclamaciones o representación legal, entre otros, entre los cuales al día están brindando cerca de 500 asesorías en lo que va del mes, relacionadas con la presentación de declaraciones o devoluciones de hasta hace cinco años, y es que la gente va entendiendo, sobre todo los que están obligados, los que cuentan con deducciones para generar un saldo a favor.
“Puedes acceder a los servicios que prestamos de manera presencial, estamos sobre la cuarta poniente con segunda sur #280, con previa cita, que se puede realizar en www.prodecon.gob.mx desde el celular, incluso creas tu usuario y contraseña para solicitar las citas necesarias en cuanto a notificaciones, problemas en materia fiscal federal, en ocasiones también acuden a nuestras oficinas sin cita, les apoyamos a agendarlas, les llega un correo, lo escanean en un kiosco en las oficinas, les genera un turno y se van mostrando en la pantalla las atenciones y ventanilla, el tiempo en promedio es de 30 minutos, en ocasiones menos o más, buscamos que la atención sea fluida, tenemos tolerancia de 10 minutos después de la cita y es válida para recibir la atención, se puede acudir 10 minutos antes”, sugirió.
Una de las principales contingencias que atienden es el embargo de cuentas bancarias que desconocen el por qué, en ocasiones la institución financiera no señala qué autoridad ordenó el embargo, investigan los antecedentes, si deriva de un crédito, si fue impugnada o no, si hay posibilidad de presentar un medio de defensa, ya sea amparo indirecto, juicio contencioso, recursos administrativos o la segunda instancia, amparo directo, también les llegan muchos casos por embargo de cuentas que tienen bienes inembargables, que son los depósitos por nóminas o pensión, si el contribuyente lo acredita a través del trámite de queja se hace la liberación.
“Muchas veces la institución financiera no sabe quién pidió el embargo, a través de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores se nos proporciona información en breve tiempo a ver si es una autoridad fiscal para dirigirnos directamente, es un tema relevante y urgente, más ágil, pero en quejas hay un plazo de cinco a ocho días para emitir el acuerdo, a veces sale el mismo día o en tres días hábiles, una vez que tenemos repuesta al fallo, la damos a conocer al contribuyente vía correo y le informamos cuál es el siguiente paso, ya sea para liberación de cuentas o si son legalmente embargables para impugnar los actos”, explicó.
Aunque la mayoría de sus asesorías son presenciales, también se puede enviar por correo a oficialia.chiapas@prodecon.gob.mx donde no requiere cita previa, ahí se puede exponer la problemática o enviar una resolución, en muchas ocasiones todo el servicio puede ser vía remota, los formatos de descargan de la página y se pueden solicitar todos los servicios que se requieran, acusan de recibido, remiten al asesor en turno y se le da correspondiente seguimiento, igual de ágil que de manera presencial.
“Cuando se les cancelan o restringen certificados y sellos digitales que permite emitir CFDI o facturar, se da por diversos supuestos, como la no localización, incumplimiento de obligaciones o inconsistencias en las declaraciones, esto puede generar una suspensión temporal o parcial, en caso de aclaración vía portal se puede solicitar, la verificación del domicilio por ejemplo, algunos hacen el cambio físico y omiten el aviso a tiempo, o en el inter no los pueden localizar, entonces los apoyamos a presentar el cambio de domicilio o verificación, si se presenta el trámite en tiempo, después de notificar vía buzón tributario, pues tenemos la obligación de tenerlo activo, la realidad es que con esa resolución a los 40 días la autoridad está obligada a permitirle en lo que se resuelve continuar expidiendo facturas”, explicó.
El buzón tributario es la comunicación directa por excelencia entre la autoridad fiscal y el contribuyente, es un correo donde la autoridad envía los oficios firmados de manera digital, que es importante consultar constantemente, si tiene los datos correctos recibe un aviso previo de que le van a notificar un oficio, es importante consultarlo, registrar la firma electrónica y si no abre el documento, al cuarto día se va a tener por legalmente notificado, el que no lo abra no significa que no se va a dar por notificado, los plazos como aclaración ya iniciaron y si se pasa el plazo, ya no podría corregirse e irse a otro procedimiento que ya no va a permitir facturar en 24 horas, lo cual puede generar prejuicios en su actividad.
“Los retenedores no reconocidos son un tema bastante común desde meses previos, expiden el CFDI como si hubieran trabajado para ellos y desconocen esa relación laboral, nosotros apoyamos a los contribuyentes desde presentar las denuncias, conciliación de facturas, que se solicita a través del SAT que se cancelen y quedan antecedentes, al presentar la declaración se eliminan esos ingresos no reconocidos, la autoridad considera que ciertos retenedores no se les debe acumular la cantidad de ingresos, lo cual disminuye el impuesto a pagar, en estos casos también a través del servicio de queja, investigamos los datos de contacto, solicitamos que cancelen los comprobantes fiscales, en algunas se logra, en otras no”, añadió.
En cuanto a las declaraciones y devoluciones no reconocidas, pueden derivarse del uso indebido de sus archivos como la firma electrónica, hay quien extravía la memoria usb con los archivos, puede ocurrir, en esos casos generan una cita para renovarla, ya que la única autoridad para hacerlo es el SAT, o solicitar la renovación en el SAT ID, si no ha transcurrido más de un año todavía a través de ese aplicativo de pueden ahorrar la cita, en muchos casos además si se detecta de inmediato, por ejemplo que un contribuyente acudió a presentar su declaración y ya se había presentado, solicitando un saldo a favor a una cuenta ajena, se manda un correo a las autoridades de devoluciones y pagos para retener y evitar que una persona extraña reciba la devolución por uso indebido de datos.
“Hay casos de contribuyentes que señalan una cuenta bancaria a su nombre para depositar saldos a favor y terceros presentan las declaraciones, hay varias situaciones, lo importante es investigar por qué le están requiriendo que devuelva el saldo a favor, cuando no es él quien presentó la declaración, porque la cuenta bancaria está a nombre del contribuyente, hemos detectado que son cuentas de bajo riesgo aperturadas a través de aplicativos, sin el conocimiento o consentimiento del contribuyente con sus datos básicos, posteriormente la autoridad le solicita reintegrar las cantidades, ahí nosotros los orientamos a Condusef para que realicen el procedimiento conciliatorio, con esa información nos ayudan han sido casos puntuales, no todos están en la misma situación, pero hemos detectando que se aperturan a través de aplicativos móviles con información básica como RFC, CURP e INE que de alguna manera lo consiguen, así como cualquier comprobante de domicilio”, especificó.
Si bien no ha sido una cantidad relevante de casos, sí los suficientes para llamar la atención, en especial los que acuden de manera anticipada y apoyarlos en medios de defensa, con el procedimiento de reconsideración administrativa, para que la autoridad revise si están fundadas y motivadas, una vía no judicial pero al final de cuentas que les ha permitido casos de éxito, que permite evitar esta contingencia, de que aparte de que no lo reciben, le pidan reintegrarlo.
“Está la imposibilidad de continuar con el trámite de e.firma para personas morales, al tener un socio o accionista en supuesto de cancelación por incumplimiento de obligaciones, créditos a su cargo, etcétera, por el artículo 27 del código reformado en 2022 ya no se le permite, el problema es que la autoridad da un término de seis días para que presente la documentación, para advertir que un socio o accionista no está en ese supuesto, pero puede tener cientos de socios accionistas y es bastante complejo identificar cuál de ellos tiene esta problemática, hay un criterio normativo resultado de este problema sistémico, puede ser general y es información confidencial, en estos casos buscan la manera de resolver y lo que han logrado es investigar hasta identificarlo, que acuda y se regularice para que la persona moral pueda renovar su firma electrónica, desde hace algunos años puede presentarlas si su firma o contraseña no puede ser renovada de manera presencial en ventanilla.
“Otro tema es el portal del SAT, desde inconsistencias al presentarla, si está en el último día, pueden generar impresiones de pantalla con la hora y fecha y el mensaje de error, apoyamos a presentar la queja y aclaración dejando evidencia de que no se pudo, se envía a la autoridad dejando evidencia de que existió una imposibilidad tecnológica y eso permite que se habilite la posibilidad al día siguiente para ese contribuyente, a lo largo de varios años se hace esa sugerencia, con ello se puede ampliar un día más, o quienes cambiaron de régimen, que estaban en actividad empresarial y pasaron al régimen simplificado de confianza y no les reconoce los pagos de un régimen u otro, o el padrón de beneficiarios de la región fronteriza sur con tasa 8 por ciento de IVA, misma situación, que no reconoce esta disminución de tasas y genera inconsistencias para declarar de manera correcta, donde se duplican los pagos al dar enviar dos veces, se duplican los ingresos, a través del servicio de quejas hemos tenido muy buenos resultados, dependiendo de cada caso emitimos requerimientos a informática tecnológica del SAT y analizamos el error o falla, se corrige para que pueda declarar sin problema”.
Para poder tener acceso a la información de manera sencilla, hay una guía que advierte paso por paso qué información tener a la mano, cómo acceder, dónde registrar cada concepto, si bien no infiere en los resultados, son informáticas que deben presentarse, como las donaciones o premios que recibes, donde a veces no pagas impuesto pero es importante que se señale, si no se precisa, la autoridad considera que debe pagar impuesto y lo acumula con los ingresos, esto aumenta una determinación de crédito o considerar que no se pagó de manera correcta, en más datos informativos se debe señalar que se recibieron para no considerar que son ingresos propios de su actividad.
“En la revista marzo y abril Prodecontigo hablamos de las contingencias y herramientas para consultar su situación fiscal, quienes acuden a nuestras oficinas es la radiografía de su situación fiscal, si tienen créditos, obligaciones pendientes, notificaciones en buzón tributario, y si tienen algún problema buscar una solución, basta con la constancia de situación fiscal que incluye el nombre, RFC, domicilio fiscal, si está localizable o no, generar buenos hábitos de consultar periódicamente, una vez al mes, esto nos da un panorama de contingencia para reaccionar de inmediato, en el régimen de tributación y obligaciones, atendiendo su actividad económica puede tener ciertas obligaciones o no, por ejemplo si tiene venta de bebidas alcohólicas debe pagar IEPS, si están en el resico y tienen una abarrotera no tienen esa obligación, la actividad cambia”, añadió.
Si el contribuyente no advierte esas obligaciones o lo hace de manera incorrecta, puede generar inconsistencias o multas, o que no se pueda presentar porque no realizó todos los pagos provisionales o mensuales, tendría que regularizarse; está el visor de nóminas, pues todos los comprobantes emitidos por patrones es lo primero que consultamos, cuando hay un CFDI que no reconoce se inician los procedimientos ya comentados, en los casos donde el patrón debió expedir un comprobante y no lo hace, porque no está declarando la totalidad de sus ingresos por un tema de omisión, casos donde sí les facturan pero tiene un error, deducciones relacionadas con obtención del ingreso que disminuyen la base del impuesto, o va a disminuir el impacto para pago o saldo a favor, no solo deducciones estructurales.
“Por ejemplo, los contribuyentes que prestan servicios de transporte de personas, requieren pagar gasolina, mantenimiento, llantas, seguro, todos esos gastos son necesarios para obtener el ingreso y se tienen que disminuir esos gastos porque no todo fue ganancia, al final se obtiene la cantidad real o ganancia neta, las deducciones personales que aplican a todos, en el resico no aplican deducciones para diminuir la carga administrativa, pues tienen una tasa del 1 al 2.5 por ciento y pagan una cantidad mínima, para efecto de ISR, en el IVA sí se considera todo y es un tema de traslado del impuesto, tiene mucho que ver con las deducciones que pueda aplicar y la opción de tributación, enajenación de bienes o servicios a través de plataformas tecnológicas, algunos eligen que la retención de la plataforma sean los pagos definitivos, quienes tienen otra actividad aplican todas las deducciones, esa plataforma paga al SAT y se quitan esta responsabilidad, todo lo relacionado con obtención de ingresos, el requisito es estar amparado con un comprobante fiscal digital, cumplir con los requisitos y la mayoría, no todas, hacer el pago a través de transferencia, tarjeta o cheque para vincular que corresponde a un gasto de quien está presentando la declaración”, finalizó.
Puedes aprender más de este y otros temas a través de su página oficial en YouTube, donde tienen tutoriales interesantes, preguntas y respuestas, temas de procedimientos o servicios más importantes, cada año hay webinars o pláticas del paso a paso desde la persona física e ingresos de todo tipo, bajo varios supuestos, o en X, donde emiten comunicados importantes, eventos y clips, o en TikTok, donde tienen videos sencillos y prácticos; puedes enviarles un correo a oficialia.chiapas@prodecon.gob.mx o visitar su sitio web www.prodecon.gob.mx donde podrás visualizar su biblioteca, guías, libros interactivos, códigos, o Prodecon peques que es para los niños: colorear, juegos, crucigramas para que vayan conociendo sus obligaciones ciudadanas y derechos.
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