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Mal uso de dinero en efectivo puede asociarse a la defraudación fiscal

  • RUBÉN PÉREZ
  • 2 ago 2024
  • 2 Min. de lectura

Tuxtla.- Aunque el uso del efectivo en México es legítimo, por su naturaleza, puede ser asociado con la defraudación fiscal y ser un indicador de la criminalidad y favorecer el “blanqueo de capitales”, aseguró Néstor Gabriel López López, especialista en temas financieros.


El dinero en efectivo que circula en México representa poco más del 10 por ciento del Producto Interno Bruto (PIB). Según Banxico, la base monetaria (dinero en efectivo que circula en el país) en enero de 2024 era ligeramente superior a 2.9 billones de pesos, mientras que el PIB al cierre de 2023, estuvo alrededor de los 25 BDP.

De hecho, López especificó que el uso del efectivo es de lo más común en las operaciones, pues la base monetaria está formada por los billetes y monedas en circulación y por el saldo neto total de las cuentas corrientes que las instituciones de crédito mantienen en Banxico.

La pérdida de recaudación fiscal derivada de la existencia de una economía informal basada en el uso de efectivo, dijo, representa el 2.6 del PIB, es decir, cerca de 620 mil 500 millones de pesos.

Dentro de los principales errores de las personas con el manejo y disposición de su efectivo, el experto destacó que está la falta de formalización de operaciones que no deben dar lugar al pago de impuestos (como los temas de préstamos o donativos), o hacerlo inoportunamente, con lo cual las mismas carecen de la tan requerida “fecha cierta”.

La “ley antilavado” en México, agregó, establece una serie de supuestos que se deben informar a las autoridades administrativas, tratándose de bienes o servicios definidos en sus 16 dieciséis fracciones.

Además, puntualizó que dicha ley prohíbe dar cumplimiento a obligaciones y, en general, liquidar o pagar, así como aceptar la liquidación o el pago, de actos u operaciones mediante el uso de monedas y billetes, en moneda nacional o divisas, entre otros, en los supuestos de compraventa como: inmuebles, acciones o partes sociales, de vehículos de cualquier tipo sean nuevos o usados, de relojes, joyería; metales preciosos y piedras preciosas.

Asimismo, explicó, establece restricciones para la adquisición de boletos para participar en juegos con apuesta, concursos o sorteos, o bien, la entrega de premios, y para contratar servicios de blindaje y arrendamientos de inmuebles o coches.

En materia fiscal, existen declaraciones informativas que todos contribuyentes deben presentar cuando las operaciones en efectivo superen los 100 mil pesos en un mes, o bien, que las instituciones del sistema financiero deben realizar al Servicio de Administración Tributaria (SAT) cuando estos movimientos superen los 15 mil pesos por cuentahabiente.

En materia del delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita (lavado de dinero), subrayó que poder acreditar la legítima procedencia de los recursos en efectivo es clave para evitar que los mismos se consideren provenientes una actividad ilícita, o al menos evitar dar indicios fundados a las autoridades respectivas para configurar dicho delito.

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