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Piden a padres estar atentos por incremento de ciberacoso en menores

  • CARLOS LUNA
  • 7 jul 2020
  • 2 Min. de lectura

Tuxtla.- La organización por los derechos de la infancia Save The Children, detectó que con la sobreexposición de los menores a internet durante el confinamiento están más expuestos a la violencia digital relacionadas con el ciberacoso sexual, grooming y la difusión de imágenes privadas.



Y es debido también al confinamiento de la emergencia sanitaria por el Covid-19, las clases en línea han incrementado el flujo de niñas, niños y adolescentes a la red, este cambio de las aulas a los medios electrónicos ha expuesto más a los menores de edad.

De acuerdo a datos de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, a través de la policía cibernética en Chiapas, manifestaron que la distribución de la pornografía infantil en internet se ha disparado considerablemente.

En relación a este tema grave, la diputada Ana Laura Romero Basurto comentó que los acosadores y pederastas siguen en activo en esta situación de emergencia sanitaria y los menores de edad están viéndose afectados durante la cuarentena, los pedófilos están utilizando con mayor incremento las redes sociales, aplicaciones y plataformas digitales para contactar a las víctimas.

“Nuestras niñas, niños y adolescentes en Chiapas siempre son prioridad y están protegidos, el ciberacoso sexual se convirtió en un delito que se persigue de oficio, debemos los padres y madres de familia estar atentos, supervisar los sitios que visitan nuestros menores, instalar controles y así saber si nuestros hijos están siendo víctimas de un delito en las plataformas digitales, la ley los protege y deben hacer la denuncia ante la instancia correspondiente”, destacó.

Recordó que, en Chiapas, “desde el pasado 02 de abril del 2019, la sexagésima séptima legislatura aprobó la iniciativa que presentó para adicionar al Código Penal la conducta de Delito contra la libertad sexual y el normal desarrollo psicosocial, en el que se adiciona el capítulo II bis”,

En la misma se establece que quien a través del uso de medios electrónicos o cualquier otra tecnología, utilizando la coacción, intimidación, inducción o engaño contacte a una persona menor de edad para obtener de esta, imágenes, audios, videos, audiovisuales o grabaciones de voz con contenido erótico de un menor de edad, será castigado con cárcel. De esta forma, quien incurra en el delito de acoso sexual a menores de 18 años a través de medios electrónicos, será acreedor de una pena de hasta 8 años de prisión.

 



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