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Plataforma del SAT “no ahorca”, sólo colocó más controles de estabilidad

  • RUBÉN PÉREZ
  • hace 4 días
  • 3 Min. de lectura

Tuxtla.- Aunque pareciera que el Sistema de Administración Tributaria (SAT) actúa de una forma “más agresiva” en contra de los contribuyentes chiapanecos, la realidad es que su plataforma se estableció con mayores controles de estabilidad.

Así lo consideró en entrevista Néstor Gabriel López López, consejero del Fomento Económico de Chiapas, quien subrayó que, en realidad, sus algoritmos emplean una serie de requerimientos automatizados para que las personas físicas y morales se pongan al corriente.

Aunque muchos de esos requerimientos, especificó, “traen la advertencia de que, lo que requiere el SAT no es procedente, pues se haga caso omiso”.

Afirmó que ello deja entrever que, de forma evidente, hay un sesgo de error que se gesta en los requerimientos, lo cual cada vez es menos, pues el SAT es más eficiente.

“Pero, insisto, no deja de haber un sesgo de error derivado de los cambios tecnológicos”, reiteró, y afirmó que, lo que sí se experimenta con las plataformas del SAT es una larga agonía en el punto de vista de comunicación y una intermitencia diaria, donde su página no permite hacer todos los trámites o los acercamientos de los contribuyentes.

Sobre esto último, dijo que a principios de este 2025 cambió y se entiende que la plataforma se establece con mayores controles de estabilidad, “si bien la información, entendemos, no debe estar expuesta a riesgo de pérdida o intromisión por parte de las autoridades, lo cierto es que con esas intermitencias se crean ese tipo de requerimientos, ligados a incumplimientos basados en la emisión de comprobantes fiscales o de declaraciones”.

PERSONAS FÍSICAS Y MORALES DEBEN SER MÁS CUIDADOSAS

Por lo tanto, apuntó, aquellas prácticas añejas que hacían muchas personas de presentar declaraciones en ceros, cuando se tiene operaciones con comprobantes fiscales digitales, ya no es tan recomendable si, se considera, la información, se tiene en cuestión de horas y no más de tres días, y por ello hace los requerimientos debidos.

“Estar correcto o no, dependerá del rango de cumplimiento individualizado que tiene la autoridad; y no hay que perder de vista que, la autoridad federal, regularmente, traslada estos rangos de fiscalización o parámetros de fiscalización, a través de convenios, a los estados, y en este contexto, las entidades federativas no reciben toda la retroalimentación en el tiempo adecuado para definir que, evidentemente, un contribuyente está incumplido”.

Por eso, subrayó que esos requerimientos traen esas salvedades de que, si no proceden, pues se hace caso omiso al mismo; pero si esos requerimientos están acompañados de un acto de molestia de las autoridades competentes que pretendan hacer una revisión en específico, todo esto pasar a las facultades de fiscalización por parte del SAT.

“Por parte del Código Fiscal de la Federación, en su artículo 42, se establece que se puede molestar a los contribuyentes, quienes se merecen algunos plazos y formas específicos para la contestación”, resaltó.

Entonces, agregó, decir que proceda o no, dependerá de la condición particular de los contribuyentes y, en un momento dado, decir que, en toda circunstancia, tienen una ley que los protege.

En cuanto a algunas recomendaciones para los contribuyentes, Néstor López expuso que lo primero que se tiene que hacer, en caso de recibir un requerimiento, es no asustarse, pues el mayor control será la confianza que tengan en su cumplimiento de obligaciones.

“Pero si hay algo que se tenga que presentar o modificar, porque puede ser que algo esté presentado pero que no concuerde con las realidades, es prudente que se ejercite de tal manera que, primero, no queden vulnerados sus derechos como contribuyente, pero también no ser omisos”.

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