Prohibición constitucional erradicaría el matrimonio infantil
El matrimonio infantil, a menudo pasado por alto en la lucha por la equidad de género, es uno de los desafíos más urgentes que obstaculizan el desarrollo humano de las mujeres en México; sobre todo en las comunidades indígenas. Recientemente el Congreso de Colombia aprobó un proyecto de ley para erradicar los matrimonios y uniones infantiles, tempranas y forzadas (MUITF). Los MUITF tienen un impacto duradero en las mujeres: contribuyen a la deserción escolar, reducen la participación en el mercado laboral, incrementan el riesgo de violencia doméstica y restringen la autonomía femenina. A pesar de los importantes avances legales en la lucha contra el matrimonio infantil en el país, es fundamental impulsar iniciativas que establezcan la prohibición de los MUITF en la Constitución Federal. Según un reporte de la organización Save the Children, en 2020 más de 300 mil niñas, niños y adolescentes de entre 12 y 17 años en México estaban en MUITF, de los cuales el 76 por ciento eran mujeres. Esto equivale a cifras totales comparables a las registradas en 2010. Los estados con los mayores índices de MUITF en 2020 fueron el Estado de México (Edomex), Chiapas, Veracruz, Puebla, Guanajuato, Michoacán, Jalisco, Guerrero, Oaxaca y Nuevo León. En Edomex, más de 30,000 niñas, niños y adolescentes de entre 12 y 17 años se encontraban en esta situación. El matrimonio infantil está marcado por un claro sesgo de género; el 21 por ciento de las mujeres de entre 20 y 24 años en México estuvieron casadas o en unión con su pareja por primera vez antes de los 18 años. Aunque esta cifra ha disminuido en el país y se sitúa ligeramente por debajo del 25 por ciento en América Latina y el Caribe, sigue siendo alarmantemente alta. Los MUITF tienen efectos que perduran a lo largo de la vida de las mujeres.
El matrimonio entre mujeres adolescentes está asociado con alta deserción escolar, baja participación laboral femenina y mayor riesgo de violencia doméstica. Los MUITF también refuerzan los roles de género, la dependencia económica de las mujeres hacia su parejas y limita la autonomía y la capacidad de negociación de las mujeres en el hogar. Entre los avances legales que ha tenido nuestro país tenemos que la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes desde 2015, establece que la edad mínima para contraer matrimonio son los 18 años. Bajo ese parámetro, a la fecha se encuentran homologados los Códigos Civiles y Familiares de las entidades federativas, en los que además se ha eliminado la posibilidad de conceder dispensas a esa limitante de edad. Lo anterior responde a los estándares internacionales y al trabajo jurisdiccional. Sin embargo, hasta la fecha, a nivel local únicamente la Constitución de Oaxaca prohíbe expresamente el matrimonio entre menores de 18 años y señala que las tradiciones no serán justificación para realizar esta práctica, mientras que la Constituciones de Chiapas y Yucatán refieren que se debe proteger a la niñez contra el matrimonio y establecer límites a la edad. Finalmente, en este año, se realizaron diversas reformas en la Constitución Federal en materia de los pueblos indígenas para empoderar y garantizar el derecho de las mujeres indígenas a participar en el desarrollo de sus comunidades. No obstante, aún no existe en la Constitución Federal una prohibición explícita al matrimonio infantil, a pesar de haberse presentado hace unos meses unainiciativa al respecto. Dicha prohibición representa un tema angular para prevenir que los MUITF continúen ocurriendo bajo la bandera de los “usos y costumbres” de las comunidades indígenas, cuya única limitante se encuentra en el texto constitucional. Los MUITF tienen efectos duraderos y perjudiciales en las mujeres. A pesar de los avances legales significativos para erradicarlos, es crucial promover su prohibición constitucional para avanzar en la lucha por la igualdad de género en el país.
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