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EDITORIAL

Prohibido el maltrato a los animales




¿Qué es el maltrato animal en México?, este es un tema que preocupa profundamente a nuestra sociedad y abarca una serie de prácticas crueles e inhumanas hacia los animales. En nuestro país, esta problemática es especialmente grave y afecta a miles de seres vivos diariamente. El maltrato incluye cualquier acción que cause sufrimiento o daño a los animales, ya sea físico, emocional o psicológico. Por eso, es importante entender que este no solo afecta a los animales, sino también a la sociedad en su conjunto, ya que fomenta un ambiente de violencia y falta de empatía. El maltrato o crueldad para con los animales pueden producirse de forma física como psicológica; consciente o inconscientemente. Algunas de las formas de maltrato están asociadas a los golpes, lesiones, gritos en excesos, restricciones de movimientos o no darles atención veterinaria. Según especialistas en la mente humana, esta conducta podría estar asociada a los impulsos hacia alguien o algo en particular, en el cual, se toma al animal como el objeto reemplazante. Mientras que los niños cuando ejercen algún tipo de violencia sobre los animales, es por la interacción que ellos perciben de los adultos con las mascotas. La Cámara de Diputados de México aprobó este martes en lo general y en lo particular con una modificación, el dictamen que reforma y adiciona los artículos 3, 4 y 73 de la Constitución mexicana, en materia de protección y cuidado animal. La aprobación se dio por unanimidad y con la mayoría calificada de 450 votos a favor. El dictamen, se indicó, determina que en los planes y programas de estudio se promoverá la protección de los animales. Además, establece que queda prohibido el maltrato a los animales y puntualiza que el Estado mexicano debe garantizar la protección, el trato adecuado, la conservación y el cuidado de los animales, en los términos que señalen las leyes respectivas. Y faculta al Congreso a expedir leyes que establezcan la concurrencia del Gobierno Federal, de los gobiernos de las entidades federativas, los municipios y, en su caso, de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México en materia de protección de los animales. Para la discusión en lo particular, la diputada Dolores Padierna, en funciones de la presidencia de la Mesa Directiva, informó que se presentaron propuestas de modificación a los artículos 3, 4 y 73, así como a los transitorios segundo y tercero del proyecto de decreto.

En lo particular, el Pleno avaló, con la mayoría calificada de 441 votos a favor, cero en contra y una abstención. Una vez aprobado, el documento fue remitido al Senado mexicano para sus efectos constitucionales. Además, se aceptó la reserva presentada por la diputada Martha Olivia García, al artículo 73 fracción XXIX-G, para ampliar la facultad del Congreso a expedir leyes sobre protección y bienestar de los animales. La legisladora señaló que con esta adecuación se establece que "el cuidado animal sea una responsabilidad coordinada entre los gobiernos federal, estatal y municipal; además, estipula que se legislará para un trato justo y digno, al reconocer la importancia de los animales en la vida de las personas y el entorno". También dijo que con estas acciones "se promueve un México que respeta, es empático e impulsa el cuidado hacia los seres vivos y que da voz a quienes no la tienen, protege a quienes no lo puede hacer y garantiza un futuro en el que el bienestar animal sea una realidad; es decir, el bienestar animal será eje fundamental en las políticas públicas". Se apuntó que en el artículo transitorio se subraya que el Congreso mexicano cuenta con un plazo de 180 días naturales a partir de la entrada en vigencia del decreto, para expedir la ley general en materia de protección y cuidado de los animales, considerando su naturaleza, características y vínculos con las personas. Además de la prohibición del maltrato en la crianza, el aprovechamiento y sacrificio de animales de consumo humano y en la utilización de ejemplares de vida silvestre en espectáculos con fines de lucro, así como las medidas necesarias para atender el control de plagas y riesgos sanitarios.

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